En los albores de las campañas electorales de Tlaxcala, surge la cuestión, ¿aplicará la Ley 8 de 8? - Linea de Contraste

En los albores de las campañas electorales de Tlaxcala, surge la cuestión, ¿aplicará la Ley 8 de 8?

La ley 8 de 8 garantiza que ningún agresor de mujeres e infancias pueda subir a un cargo público

Tlaxcala, Tlax; a  24 de marzo del 2024 (Ángeles ZR)-. De acuerdo con el calendario del Instituto Nacional Electoral las campañas electorales comenzaron el 1 de marzo y finalizarán el 29 de mayo del 2024; en este periodo los candidatos y candidatas que participaran por las diputaciones y senadurías, e incluso, por la presidencia del país, estarán bajo observación de la institución para descartar que no tengan sentencia alguna por violencia de género, como lo demarca la Ley 8 de 8.

La ley 8 de 8 tiene su antecedente en la medida “3 de 3 contra la violencia”, una serie de decretos y adiciones que propuso el INE en abril del 2020 al Diario Oficial de la Federación con el objetivo de evitar que toda persona con un proceso relacionado con la violencia de género participe como aspirante a candidato por un cargo público, como una diputación o senaduría.

En octubre del mismo año el Consejo General del INE emitió el acuerdo INE/CG517/2020 que requería al candidato una carta firmada, de buena fe y bajo protesta de decir verdad, en la cual manifestara no encontrarse en alguno de los supuestos de la “3 de 3 contra la violencia”:

  1. No haber sido persona condenada, o sancionada mediante resolución firme por violencia familiar y/o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público.
  2. No haber sido persona condenada, o sancionada mediante resolución firme por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal.

III. No haber sido persona condenada o sancionada mediante resolución firme como deudor alimentario o moroso que atenten contra las obligaciones alimentarias.

En abril del 2021 la institución emitió el acuerdo INE/CG335/2021 donde se aprobó la revisión de las candidaturas registradas en busca de los tres supuestos precisados.

Más tarde, en mayo del 2023, dichos acuerdos fueron añadidos a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en los artículos 38 y 102, además de nuevas añadiduras como los supuestos V) Por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal; VI) Por sentencia ejecutoria que imponga como pena esa suspensión.

Posteriormente en diciembre del 2023, el Consejo General del INE aprobó la hoy conocida Ley 8 de 8, que incluye los supuestos constitucionales mencionados en el artículo 38, y se añadió que verificará que las personas candidatas no hayan incurrido en una infracción por Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género; en caso de que así sea, serán sancionadas con la pérdida del derecho a ser registradas como candidatas o, si ya está hecho el registro, con la cancelación del mismo.

El INE ha señalado las etapas del proceso de verificación de supuestos establecidos para el Proceso Electoral Federal 2024:

Registro de candidaturas: 29 de febrero

Solicitudes de información: Entre el 2 y el 5 de marzo de 2024

Recepción de información: A más tardar el 2 de abril

Análisis de la información: A más tardar el 14 de abril de 2024

Garantía de audiencia: A más tardar el 2 y hasta el 8 de mayo de 2024

Resolución del Consejo General: Mayo de 2024

Posterior a la resolución del Consejo General: A más tardar el 15 de mayo de 2024

La ley 8 de 8 garantiza que ningún agresor de mujeres e infancias pueda subir a un cargo público, por lo que es importante que durante estas campañas se realicen las denuncias pertinentes, ejemplo de ello fue que en el proceso electoral 2020-2021 el INE le retiró las candidaturas a Ana Elizabeth Ayala Leyva, de la coalición Juntos Hacemos Historia, a Manuel Guillermo Chapman Moreno, de Morena y a Raúl Tadeo Nava, del PT.

En Tlaxcala ya han surgido los señalamientos por violencia política de género, las acusaciones a candidatos por violencia familiar, y por pensiones alimenticias, sin embargo hasta el momento a ningún candidato se le ha retirado de la contienda, solo queda esperar para verificar si es que en nuestro estado la Ley 8 de 8 es respetada, y, consecuentemente los derechos humanos de las mujeres.