Autoriza Congreso de Tlaxcala al Ayuntamiento de Apetatitlán, ejercer actos de dominio respecto de cuatro unidades vehiculares que forman parte de su patrimonio - Linea de Contraste

Autoriza Congreso de Tlaxcala al Ayuntamiento de Apetatitlán, ejercer actos de dominio respecto de cuatro unidades vehiculares que forman parte de su patrimonio

Tlaxcala, Tlax., a 20 de febrero de 2020 (Redacción).- El Pleno de la LXIII Legislatura Local, autorizó al ayuntamiento del municipio de Apetatitlán de Antonio Carvajal, para ejercer actos de dominio respecto de cuatro unidades vehiculares que forman parte de su patrimonio.

Los recursos que se obtengan por la venta de las citadas unidades serán aplicados a la reparación o mejoramiento de los sanitarios del área de la Dirección de Cultura que se encuentran en mal estado, con el fin de darle mejor servicio a la ciudadanía que visita dicha Dirección.

En otro orden de ideas la Diputada Local Michaelle Brito Vázquez propuso a través de una reforma al Código Penal de Tlaxcala, sancionar hasta con tres años de prisión a quien sin justificación lícita dispare armas de fuego en la entidad.

Dijo en la sesión ordinaria de este jueves, que las balas perdidas y/o tiros al aire, pueden provocar heridas o incluso la muerte de las personas, tal y como ha sucedido en múltiples ocasiones en otras partes de la República.

Citó que entre 2012 y 2019 se han registrado casos de personas fallecidas o heridas por balas perdidas como resultado de disparos de armas de fuego por negligencia, imprevisión, imprudencia, impericia, falta de aptitud, de reflexión o de cuidado.

Brito Vázquez señaló que es necesario adoptar las medidas legislativas para evitar la muerte y lesiones por estas prácticas, por lo que debe tipificarse como conducta antijurídica, culpable y dañosa en el Código Penal para el Estado de Tlaxcala.

La propuesta, dijo, contempla imponer pena de prisión de seis meses a tres años, de prisión y multa de 180 a 360 días de salario mínimo general vigente en el Estado, así como decomiso del arma de fuego, a quién sin justificación lícita dispare un arma de fuego en contra una persona, grupo de personas o en un lugar concurrido, ya sea en vía pública, domicilio particular, establecimiento comercial, de servicios o en cualquier lugar con excepción de los campos de tiro debidamente autorizados, así como a quien realice disparos al aire con independencia del lugar en que se hagan, sea este público o propiedad privada.

Agregó, que la sanción prevista para este delito se incrementará en dos terceras partes cuando la persona que realice los disparos se encuentre bajo el influjo del alcohol, drogas o estupefacientes, el arma disparada no se encuentre debidamente registrada, así como si estos son realizados por servidores públicos o agentes de la autoridad cuando se encuentren fuera de servicio.

En otro orden de ideas, el Pleno de la LXIII Legislatura Local, autorizó al ayuntamiento del municipio de Apetatitlán de Antonio Carvajal, para ejercer actos de dominio respecto de cuatro unidades vehiculares que forman parte de su patrimonio.

Los recursos que se obtengan por la venta de las citadas unidades serán aplicados a la reparación o mejoramiento de los sanitarios del área de la Dirección de Cultura que se encuentran en mal estado, con el fin de darle mejor servicio a la ciudadanía que visita dicha Dirección.