Si el voto le favorece, promoverá la donación de los mismos para preservar la especie y el buen cuidado.
Tlaxcala, Tlax, a 27 de mayo de 2021 (Redacción).- La candidata capitalina a la alcaldía por el Partido Acción Nacional (PAN), afirmó que en su administración y con el respaldo de la población creará un albergue de adopción para proteger a animales como perros, gatos, burros u otros que se encuentren en condición de maltrato y abandono.
Expresó, que defenderá a carta cabal a la población animal que habite en el Municipio, apegándose siempre a la Ley de Protección y Bienestar para el Estado de Tlaxcala, que especifica los puntos para una vida sana de los mismos.
Detalló, que este albergue tendrá la función de promover la adopción de perros, gatos y de hasta burros, los mismos por considerarse una especie en peligro de extinción. “Yo tengo uno y se llama nene; me lo regalaron bajo el compromiso de cuidarlo y de promover su rescate. Es una especie en peligro de extinción”, citó.
Enfatizó, que dicho albergue servirá para que animales maltratados, de abandono y en situación de calle, queden protegidos por considerarse actos de crueldad por parte de sus propietarios. Además, añadió que se debe regular la natalidad para evitar el crecimiento de animales callejeros.
Precisó, que hace tiempo rescató dos perritos de la calle, y dos más en albergues. “Ahora, viven felices en mi hogar porque reciben amor por parte de mi familia, y es parte de un compromiso que hago para tener respeto por los animales, pieza fundamental en el desarrollo de un municipio como Tlaxcala”.
Recordó que el marzo de 2019, en su función como Diputada Federal -ahora con licencia- presentó una iniciativa en San Lázaro, para adicionar un artículo 419 Ter al Código Penal Federal que establezca severas sanciones para quien cometa crueldad y maltrato animal.
Es decir, argumentó para que se imponga una pena de tres meses a dos años de prisión y multa de cien a quinientas unidades de medida y actualización a quien realice actos de crueldad y maltrato animal; “las acciones realizadas en perjuicio de cualquier animal de compañía o de crianza para alimento, provenientes de sus propietarios, poseedores, encargados o de terceros deben sancionarse”.