Con las manifestaciones se han reconocido Derechos, implementado políticas públicas y realizado acciones, ¿Pero hasta dónde llega ese Derecho? - Linea de Contraste

Con las manifestaciones se han reconocido Derechos, implementado políticas públicas y realizado acciones, ¿Pero hasta dónde llega ese Derecho?

Luchan por el respeto a sus Derechos Humanos sin importar la edad, la etnia, la orientación sexual, nivel socioeconómico, diferencias y convergencias

Tlaxcala, Tlax; jueves 7de marzo de 2024 (Ángeles ZR)-. Las manifestaciones feministas ya son una tradición en cada 8 de marzo en todo el país; mujeres de distintos lugares salen a marchar para conmemorar el Día Internacional de la mujer, y la lucha por el respeto a sus derechos humanos sin importar la edad, la etnia, la orientación sexual, nivel socioeconómico, diferencias y convergencias; el 8M todas las mujeres se reúnen para manifestarse ante la sociedad que les ha impuesto una organización patriarcal que las violenta en todas y cada una de sus prácticas y discursos.

Gracias a la era tecnologica en la que vivimos se puede apreciar cada manifestación feminista en tiempo real, y aunque se ha llegado a creer que su origen es reciente, la historia demuestra que la manifestación feminista tiene raices en la Francia del siglo XVII y XVIII con ejemplos como las revueltas y motines por los aumentos en los impuestos feudales y los precios del pan por mujeres que se desempeñaban como parteras, nodrizas, y trabajadoras de la industria textil.

Otro referente en la historia de las marchas feministas es la del 5 y 6 de octubre de 1789 cuando  alrededor de seis mil  mujeres de los pueblos, de los mercados y obreras exigieron en Versalles el regreso del rey y la reina de París con éxito; posteriormente, lo hicieron nuevamente en la Asamble Nacional para que se les otorgará un lugar en la Revolución francesa, justo como a los varones.

Tal vez el ejemplo más famoso sea el de Las sufragistas de norteamérica en 1848 quienes destacaron por recurrir específicamente a las manifestaciones para luchar por la abolición de las desigualdades de la mujer, así mismo repartían panfletos, protestaron mediante la huelga de hambre, el auto encadenamiento, e interrupción de conferencias.

Hoy en día las mujeres pueden votar, trabajar, gozar de prestaciones, divorciarse, elegir métodos anticonceptivos, interrumpir embarazos, así como tener el control de sus vidas gracias a las feministas que salieron manifestarse a las calles en los siglos pasados, y de acuerdo con la Declaración Universal de los Derecho Humanos, la libertad de expresión, es decir, la facultad o potestad de los individuos para manifestar o expresar sus ideas, pensamientos, opiniones, etc., puede ser ejercida por cualquier medio y es un derecho humano (art. 6º constitucional).

Ya sea marchando pacíficamente al lado de mujeres que empatizan con la lucha por el respeto a sus derechos, cantando, bailando, realizando performance, llevando pancartas, bordando, y muchas otras formas, la ley respalda la libertad de expresión en sus artículos 6º y 7º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Es preciso mencionar que la ley también indica que “La manifestación de ideas no puede ser objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso que ataque la moral, los derechos de tercero, provoque algún crimen o delito, o perturbe el orden público”, en este sentido, la investigadora de la Academia de epistemología de la división de estudios jurídicos de la Universidad de Guadalajara, Magdalena Martinez Quirarte asevera que “el derecho de manifestación pública no es absoluto, o lo que es lo mismo, no puede concebirse sin limitaciones”.

En otras palabras, la ley permite que se lleven a cabo manifestaciones siempre y cuando no conlleven a disturbios, actos delictivos, agresiones a las demás personas, ni se introduzcan armas u objetos que dañen la integridad física de los participantes y espectadores.

Por último, pero no menos importante, se debe tener en cuenta que el artículo 399 del Código Penal Federal puntualiza que:

Al que, por cualquier sustancia o medio, realice inscripciones, dibujos, manchas, signos, símbolos, códigos, mensajes, figuras y pintas de todo tipo que alteren o modifiquen la forma original del bien mueble o inmueble de dominio público o privado, con objeto de manifestación, en perjuicio de un tercero o sin consentimiento expreso del propietario, o del representante legal o de quien legalmente tenga posesión de la cosa, se le impondrá, además de la reparación del daño, multa de hasta 50 UMA o prisión de 2 meses.

Así que si saldrás a marchar este 8 de marzo, no olvides llevar agua, dinero, un teléfono con datos/wifi, un cambio de ropa, protector solar, y levanta la voz en conmemoración por los derechos humanos de las mujeres