Congreso pone fechas para la entrega de cuentas públicas del primer y segundo trimestre de Comunas - Linea de Contraste

Congreso pone fechas para la entrega de cuentas públicas del primer y segundo trimestre de Comunas

Ante la suspensión de actividades desde el 18 de marzo y su reanudación el pasado 14 de septiembre del Poder Legislativo por el Virus COVID-19 se retrasaron las cuentas de los entes fiscalizables

Tlaxcala, Tlax., a 22 de septiembre de 2020 (Mario Morales).- Luego de que se suspendieran todas las actividades legislativas y administrativas en el Congreso local a causa de la pandemia por el virus COVID-19 desde el mes de marzo, en sesión ordinaria realizada hoy los Congresistas locales pusieron fecha para el 24, 25, 28, 29 y 30 de septiembre donde el Órgano de Fiscalización recibirán las cuentas del Primer y Segundo trimestre.

Miguel Piedras, diputado local, presidente de la Comisión de Finanzas y Fiscalización precisó que se tuvieron que suspender desde el 18 de marzo todas las actividades en el Congreso local, y que el 27 de abril se publicó en el Periódico Oficial que una vez que se retomen las actividades antes mencionadas, así como las de revisión y fiscalización superior, tramites y términos para las diligencias inherentes al Órgano de Fiscalización Superior, (OFS).

Este ente deberá realizar la programación y calendarización de la continuación de la Fiscalización  de conformidad y de acuerdo al calendario de la Comisión de Finanzas y Fiscalización, previo al pronunciamiento formal de la reanudación de actividades por parte del Pleno del Congreso de Tlaxcala.

Por lo que una vez que el pasado 14 de septiembre se hizo oficial la reanudación de las actividades en el Congreso, para la recepción de las cuentas públicas del primer  trimestre que comprende de enero a marzo  y segundo trimestre de abril a junio del ejercicio fiscal 2020 se acordó que se recibirán los días 24, 25, 28, 29 y 30 de septiembre.

Por último, con ello se pretende poner al corriente la entrega de las cuentas públicas de los municipios y demás entes fiscalizables para dictaminar su aprobación en los tiempos establecidos por la Ley.