Gobernación solicita instrumentar medidas para garantizar el registro de nacimiento y al de defunción durante la emergencia sanitaria - Linea de Contraste

Gobernación solicita instrumentar medidas para garantizar el registro de nacimiento y al de defunción durante la emergencia sanitaria

Ante la contingencia que vive el país derivada del virus SARS-CoV2 (COVID-19), la Secretaría de Gobernación instrumentó diversos mecanismos de coordinación con las entidades federativas para promover y asegurar, entre otros temas, que la población cuente con los servicios necesarios para el registro de nacimientos y de defunción.

Ciudad de México a 23 de abril de 2020 (Redacción).– La relevancia de dichos mecanismos coordinados recae en que, por un lado, se garantice a las niñas y los niños nacidos que puedan ser registrados a la brevedad para que no exista un rezago y puedan ejercer de inmediato a la identidad como el derecho llave de otros como son la vacunación y el acceso a servicios de salud.

Por otra parte, dado el lamentable pero predecible aumento en las defunciones a causa del virus, será necesario que se realice el registro en el menor tiempo posible, a efecto de disponer del cuerpo de la persona fallecida para su incineración o inhumación y evitar acumulación de cuerpos y contagios.

Por ello, a través de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración, la Secretaría de Gobernación solicitó a la gobernadora y los gobernadores del país, así como a la jefa de gobierno de la Ciudad de México, instrumentar una serie de acciones extraordinarias a efecto de que los registros civiles del país se mantengan abiertos y brinden un servicio eficiente e inmediato para el registro de los nacimientos y de las defunciones durante la presente emergencia sanitaria.

Por medio de la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad (Renapo), la Secretaría de Gobernación se coordina con todos los registros civiles en el país para auxiliarlos con los medios tecnológicos con los que cuenta y ha puesto a disposición de las entidades federativas.

Entre dichas medidas extraordinarias se encuentra gestionar la gratuidad de las actas de defunción, la disminución de los requisitos para el registro de las defunciones, así como establecer mecanismos de coordinación directa con los hospitales de reconversión COVID-19, a efecto de brindar en el menor tiempo posible los servicios registrales, así como la expedición de las órdenes de incineración e inhumación que correspondan.