ANÁLISIS EN CONTRASTE Por EDGAR SALAZAR MACÍAS - Linea de Contraste

ANÁLISIS EN CONTRASTE Por EDGAR SALAZAR MACÍAS

Cosas que no se consultan

La participación de la sociedad es una de las grandes conquistas de la democracia, afortunadamente ya no estamos en un gobierno en el que las decisiones las tomaba el gobernante en turno, fuera motivado por sus propios deseos o como en algunas regiones aún sucede, motivado por una religión y el estricto apega a los designios de esta.

Sin embargo, la democracia es de esos sistemas que deben tratarse con especial cuidado porque siempre podemos estar a un paso de destruirla y justificar las cosas con una supuesta democracia. La participación no regulada y extralegal definitivamente no es democracia, así como las decisiones que debe tomar el Gobierno, en muchos casos no deben ser sujetas al escrutinio público, o al albedrio popular, porque a veces el pueblo puede no tener la razón.

Con esto dicho, viene a mi mente un momento en el que al pueblo de Benito Juárez, perteneciente a mi municipio, Huamantla, se le iban a pavimentar unas cuantas calles, sin embargo, “el pueblo” no quería que se pavimentaran esas calles, en su lugar quería que se quitara el empedrado de una de las avenidas principales del pueblo (cabe señalarse que el empedrado estaba en perfectas condiciones, y tanto vehículos como personas circulaban sin problema por ahí), siendo así que en ese momento preferían quedarse con muchas calles con tierra a cambio que se levantara el empedrado y se sustituyera por pavimento.

Viendo el ejemplo anterior, el Gobierno Municipal de ese momento pretendía mejorar la calidad de vida de las personas al darles más calles pavimentadas, pero algunos de esos habitantes preferían perder lo más por ganar lo menos.

Como ese ejemplo puede haber más, y si eso lo traemos a un plano actual, haciendo un ejercicio meramente de legalidad y respeto Constitucional, se debe decir que muchos de los ejercicios democráticos que se pretenden hacer, violan flagrantemente las leyes y el orden Constitucional. Como desde hace mucho lo he señalado hay muchas cuestiones que no están, ni pueden, ni deben someterse a una consulta popular, puesto que hay situaciones de derecho que están como tal establecidas en el marco normativo.

Hay muchos otros casos donde el pueblo no es el mejor juez para determinar lo que es más conveniente, en el plano social, económico o en cualquier plano que se pueda afectar al pueblo mismo. Es muy complicado que el pueblo sea objetivo.

Poniendo un ejemplo, las comunidades indígenas, cuando se les consulta sobre algún tema que les afecta, la consulta debe realizarse, no sólo en español, sino también en la lengua que se hable en el lugar, proporcionándoles la información objetiva sobre la que van a decidir, si se incumple con eso, la consulta es nula de pleno derecho puesto que no se les proporcionó la información en las formas en las que ellos pudiera entender.

Ahora bien, cuando se habla de la investigación y persecución de conductas posiblemente constitutivas de delitos o de faltas administrativas, si se tienen los elementos se debe proceder, sin preguntar al pueblo, porque ese proceso de preguntar, no sólo representa un gasto al erario público, sino también representa tiempo perdido que no se dedico efectivamente a la investigación del caso, tal como lo dije, hay situaciones que no pueden ni deben someterse a una consulta, sino que se debe actuar so pena de cometer una falta o un delito por omisión.

TRES PUNTOS…

Hace unos días, en mi centro de trabajo le encargué a una de las personas trabaja conmigo que me ayudara a elaborar una normatividad interna para obligar a la gente a utilizar su cubrebocas en sus lugares de trabajo, porque había reportes de gente que no lo quería usar… esta persona no supo cómo elaborar esa normatividad, le daba vueltas al tema sin que llegara al punto que a mi me interesaba.

El problema, es que es  una realidad, ver gente que no se cuida a si mismos y por consiguiente a los demás, existen lineamientos por parte de la secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como del Instituto Mexicano del Seguro Social, que establecen que parte de la prevención y mitigación del contagio se encuentra en el Equipo de Protección Personal, dentro de lo que se encuentra el cubrebocas. Es cuanto.