SIN FILIAS Y SIN FOBIAS Por JOSÉ JACINTO VEGA - Linea de Contraste

SIN FILIAS Y SIN FOBIAS Por JOSÉ JACINTO VEGA

Cuando el Congreso local solo es comparsa en la burla a los preceptos constitucionales

Las formas políticas “correctas”, si bien no representan más allá que simulación, sirven para fingir que todo se apega a la legalidad, y en los hechos, muestran qué tanta voluntad tiene tal o cual político para no exhibir públicamente su autoritarismo y su irrespeto a las leyes e instituciones. Los priistas durante décadas fueron maestros de las formas políticas, los panistas y hasta los perredistas se adaptaron bien a ellas, lo que dio al país noventa años de una cultura en la que todos sabían que la ley es una herramienta de la política, pero que se respetaban en sus tiempos y formas.

Andrés Manuel López Obrador siempre quiere presentar como rasgo distintivo de su actuar, ser un político rebelde que manda al diablo a las instituciones y leyes, para convencer a la sociedad de que él es diferente a los panistas y a los priistas (aunque políticamente nació con ellos y actúa como ellos), lo que al paso de los años le rinde los dividendos electorales necesarios para alcanzar la Presidencia de la República, desde de la cual ha continuado haciendo gala de su despreció por leyes e instituciones, a veces, sin más justificaciones que decir “yo tengo otros datos” (los cuales nunca exhibe), o “los priistas y panistas lo hacían más” (lo que es cínico). Su forma de gobernar sin duda contagia a la pirámide de mandos locales emanados de su influencia política, y para el caso de nuestra entidad, Lorena Cuéllar sigue o imita esa manera de jugar con leyes e instituciones.

La Constitución política de nuestra entidad en su artículo 54 fracción XXVI señala como parte de las facultades del Congreso local: “[…] Nombrar al Procurador General de Justicia del Estado”, por su parte el artículo 73 constitucional local mandata que: “[…] El Ministerio Público estará a cargo de un Procurador General de Justicia, cuya designación se hará por el Congreso a propuesta en terna del Gobernador del Estado”. En complemento a ello, el artículo 74 constitucional, que refiere los requisitos para ser procurador, en su fracción VIII, impone entre otros: “[…] Aprobar los exámenes públicos de oposición, que se efectúen conforme a la ley, ante el pleno del Congreso, quien nombrará a los miembros del jurado, el que estará integrado básicamente por académicos e investigadores, preferentemente ajenos al Estado”.

En complemento a lo expresado en el párrafo precedente, la Ley Orgánica de la Institución del Ministerio Público del Estado de Tlaxcala en su artículo 33 establece que: […] El Procurador será nombrado y removido en los términos que establezca la Constitución Local y deberá reunir para su designación los requisitos que en el artículo 74 de la misma se prevén”. En complemento a ello, el artículo 34 de la misma ley orgánica señala que: “[…] El nombramiento del Procurador, se realizará conforme al procedimiento previsto en la Ley Orgánica del Poder Legislativo”. Por su parte el Reglamento interior del Congreso del Estado en el párrafo segundo de su artículo 157 impone: “[…] Para la elección de candidatos a ocupar un cargo o comisión, será necesaria la mayoría de votos que señale la ley respectiva. En caso de que no se obtuviere la mayoría necesaria, salvo disposición expresa en contrario, se repetirá la discusión en la misma sesión, votándose nuevamente y si en esta segunda votación tampoco se obtuviere el número de votos requerido, se tendrá por no aceptada la propuesta, requiriéndose, en consecuencia, nueva proposición”.

Si bien los artículos referidos en el párrafo precedente parecen dejar en claro la atribución del Legislativo local para designar Procurador a propuesta del gobernador, al acudir a la Ley Orgánica de dicho poder público local, la más cercano a ello se ubica en el artículo 10 de la norma orgánica  del Congreso, que refiere a las resoluciones que por Decreto puede emitir la representación popular, artículo que en su fracción III, señala “[…] Nombramiento de servidores públicos”, sin embargo, no da más detalles en adelante sobre dicho procedimiento.

Resulta evidente que la maraña de vaivenes entre lo dispuesto entre la Constitución local, la ley orgánica del legislativo, la particular del ministerio público, y el reglamento interno del propio congreso tiene como finalidad crear la suficiente ambigüedad para favorecer lo que la reforma constitucional de 2001 trató de acotar, la discrecionalidad del gobernador para designar al procurador.

Hasta antes de 2001 el gobernador en turno podía nombrar libremente al procurador, lo que siempre fue objeto de críticas, ya que no siempre las designaciones resultaban lo más pertinente para la sociedad, ya que a ella podían llegar personajes de dudosa solvencia moral y profesional ante la falta de un procedimiento que lo evitara. El mecanismo establecido para nombrar al procurador, si bien tiene dos tiempos y presuntamente otorga al congreso la facultad final de designar, en los hechos solo ha servido para simular una independencia que el legislativo no tiene frente al gobernante, ya que este puede literalmente “jugar” con la integración de la terna que envía, incluyendo en ella a una persona con condiciones muy superiores a las otras dos integrantes, quienes en los hechos resultan hasta inelegibles. Hasta aquí las formas políticas siempre habían sido más o menos guardadas, sin embargo, previo a su toma de posesión Lorena Cuéllar, fiel al estilo del presidente López Obrador, decidió mandar al diablo esas formas.

La víspera de su unción como titular del Ejecutivo local, Lorena Cuéllar evidentemente convino con el gobernador saliente Marco Antonio Mena, la salida, sin mayor trámite del procurador de este, para sustituirlo con alguien al gusto de Lorena, en un adelanto que resulta innecesario, ya que esta acción pudo esperar unas horas y ser ejecutada por la propia Cuéllar. Lo anterior, abre sospechas sobre la precaria situación política que vivió Mena en los últimos días de su gobierno, desgastado frente a su sucesora por el tema de la asignación de patentes de notario.

La discusión no es sobre la solvencia de la licenciada Ernestina Carro Roldán para ocupar el cargo de procuradora general de justicia, hasta hoy ella no tiene flancos que criticarle o poner en duda tras su ya larga carrera judicial. El debate es sobre el respeto que la hoy Gobernadora Lorena Cuéllar tiene o tendrá a las leyes y procedimientos emanados de estas durante su mandato. Por lo pronto, el procedimiento desarrollado por la legislatura local para resolver sobre la terna que en días pasado remitió la gobernadora con la finalidad de designar a la persona titular de la Procuraduría General de Justicia del Estado, resulta ya hasta ocioso, todo mundo sabe que solo es un acto de validación a lo que Cuéllar Cisneros ya les ordenó desde el día que se instaló a Carro Roldan como encargada del despacho del procurador.

El reto para Ernestina Carro Roldán será revalidar el prestigio que adquirió en su carrera judicial, ambiente, que con todo y sus claroscuros no alcanza el nivel de descomposición institucional que lamentablemente siempre ha arrastrado el ministerio público. Por el bien de los tlaxcaltecas, hay que desear que Carro Roldán pueda con la compleja tarea de sanar a la procuraduría de los añejos y endémicos males que le aquejan, misión tan complicada como peligrosa por el cúmulo de intereses no legales que flotan en torno a la institución.

Para los noveles diputados locales su tarea será dignificar el cargo que hoy ostentan y no solo ser una “correa de trasmisión” de la voluntad del Ejecutivo, cuya titular tiene como reto no imitar en todo el estilo de gobernar de su jefe político y aceptar que tiene que respetar las leyes y a la división de poderes, de lo contrario Tlaxcala correrá el riesgo de vivir una pequeña autarquía, como la que en el ámbito federal se cimienta día con día. Todo ello sucederá si el Congreso local solo es comparsa en la burla a los preceptos constitucionales.